Usted está aquí

Inicio / “Para efectos de la Ley Penal, así a una persona le falte una hora para cumplir los 18 años sigue siendo un niño”, Ramiro López Cabrera, docente de la Escuela de Posgrados

“Para efectos de la Ley Penal, así a una persona le falte una hora para cumplir los 18 años sigue siendo un niño”, Ramiro López Cabrera, docente de la Escuela de Posgrados

Foto: Ramiro López Cabrera

El módulo Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, de la especialización en Derecho Penal de la Escuela de Posgrados, es dictado por Ramiro López Cabrera, abogado de la Unicauca, especialista en Derecho Penal y Criminología de la Universidad Externado y en Investigación criminal de la Universidad Católica, con Maestría en Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid y actualmente culminando sus estudios doctorales en la Universidad de Buenos Aires.

En sus clases, junto a sus estudiantes, se discuten los pormenores de la Ley 1098 - Código de la Infancia y la Adolescencia- sobre todo en las situaciones cuando el menor es infractor de la Ley Penal, pues una de las críticas que generalmente recibe del Código es que es demasiado garantista y casi benéfica para el menor infractor: “precisamente esa es la razón de ser de mi clase, porque el abogado que se forma en esta área puede ser no solamente juez de infancia y adolescencia o fiscal, sino también un defensor o un apoderado de víctimas, entonces debe conocer el abanico de posibilidades que da la norma, independientemente de la opinión de la comunidad; y puede ser que a las personas les parezca que la Ley no les entrega lo que quieren, pero a la academia le corresponde trabajar sobre todos esos datos y situaciones coyunturales, para que el especialista se ubique en esos roles”, afirma el profesor López.

Según él, cuando un menor comete un delito se debe reflexionar en que ese comportamiento no se dio porque sí: “el que un joven vaya a robarse un celular y todo salga mal, y cometa un homicidio, también se puede evaluar pensando en que éste chico terminó robando porque el papá, que debe cumplir unas funciones educativas, no las cumplió. Lo mismo con los profesores, que también debían aportar en su formación… y lo mismo con la sociedad, que abandona el papel que tiene frente al cuidado y crianza de los menores, para luego juzgarlos aisladamente de las personas que no contuvieron ni cumplieron sus tareas”.

Agrega que es muy complicado hacer un cambio a la Ley para juzgar a las personas de 16 años como si tuvieran 18, porque el sistema de responsabilidad penal para adolescentes en Colombia está atado a una serie de convenios internacionales de instrumentos en Derechos Humanos, que el país ha suscrito y acatado, como los implementados desde la Convención de los Derechos del Niño de Beijing: “para efectos de la Ley Penal, así a una persona le falte una hora para cumplir los 18 años sigue siendo un niño. Infortunadamente, y en eso hay que darle la razón a los inquietos por el tema, también la delincuencia juvenil ha venido escalando: antaño los jóvenes tenían problemas por peleas o robos menores, lo que llamaban ‘gamberradas’, pero hoy en día hay menores cometiendo homicidios, extorsiones, delitos sexuales… de la misma manera en que las sociedades han ido escalando sus delitos, los menores se ven inmersos en ellos”.

Y redondea sus ideas acudiendo al adagio popular de que hay cosas que se aprenden en la casa, que existen valores y sistemas de conducta que se generan allí, y se queja de que a veces se piense que sólo abriendo cárceles y cambiando las leyes todo se vaya a solucionar: “el Derecho Penal es la última opción del Estado, pero no hace milagros, apenas plantea mecanismos de solución a algunos conflictos, aunque a veces sean más los problemas que crea que los que soluciona, pues se usa cuando las demás opciones se han agotado. Por eso, repito, la academia debe ser crítica, estudiar posiciones y tratar de comprenderlas, para reflexionar hasta dónde se generan resultados positivos en la sociedad con su aplicación”, termina.

Compartir en: